De cabeza a la consulta... electoral

De cabeza a la consulta... electoral
Mariano Ferrer

Pensaba esta semana en el cúmulo de actos fallidos que se han dado en este comienzo de curso y que, a modo de cohetes de feria, les han estallado en la mano a quienes los han querido encender: Ibarretxe y su denuncia en Estrasburgo a cuenta de la consulta, Corbacho y los contratos de emigrantes en origen, Sanz y su amago de pactar los presupuestos con el PSOE, Zapatero y su comparecencia en el Congreso sobre la crisis económica, entre otros. En esas estaba cuando, casi a la vez, han llegado la sentencia del Tribunal Constitucional sobre la Ley de Consulta y la de la Corte de Luxemburgo sobre el Concierto Económico. Así que los actos fallidos pueden esperar, porque habrá más.
Una primera reflexión sobre las sentencias tiene que ver, inevitablemente con la judicialización de la política dado el sinnúmero de cuestiones políticas que acaban en los tribunales. O el sistema tiene demasiados cabos sueltos, o los políticos no saben resolver los problemas de fondo. Arzalluz decía en Herri Irratia a propósito de la resistencia del Gobierno a blindar el Concierto, que al poder central no le interesa cerrar determinados temas para tener hilos a los que agarrarse y, dependiendo de la coyuntura, dar o quitar. Pero esta incursión de los tribunales en cuestiones de soberanía política y fiscal tiene otro ángulo interesante. Dejan en evidencia que la pretension de encajonar el poder soberano en un único emplazamiento responde a un concepto arcaico por más que el Tribunal Constitucional parezca hacerlo suyo. La soberanía es hoy compartida y repartida; se ejerce desde ámbitos plurales, y nunca de manera definitiva. Es una cuestión abierta en función de la evolución de la sociedad y de la relación de fuerzas. Algo obvio por otra parte, se mire a Quebec, la antigua Yugoslavia, Osetia o Euskadi.
Es significativa la forma en que la prensa ha reflejado las dos sentencias que nos ocupan. Unos medios llevaban a su principal titular la decisión histórica del T.C. “que tumba la Ley de Consulta de Ibarretxe”; otros la decisión histórica de Estrasburgo “que respalda la autonomía fiscal vasca”. Aconsejo relativizar la historicidad de ambas decisiones: la historia no se detiene y, en tanto que los pueblos y las naciones son seres vivos, nunca se escribe el último capitulo.
Cantado como estaba que no iba a haber consulta el 25-O, el interés estaba en los argumentos del T.C. Las 35 páginas del texto no aconsejan un análisis precipitado y parece prudente esperar a que personas más doctas en derecho constitucional nos ilustren sobre sus implicaciones. Sólo, un par de apuntes .
El T.C. no ha querido simplemente “tumbar” la consulta con el recurso a una interpretación literal y restrictiva de la regulación legal del referéndum. Ha aprovechado el viaje para apuntalar criterios y zanjar la cuestión del ejercicio de la soberanía en España. Y para hacerlo se ha deslizado, más allá del ámbito estrictamente jurídico, a una interpretación política de la iniciativa del Lehendakari que va más allá de lo que el propio texto de la Ley de Consulta “literalmente” dice. Como dice Onega, el T.C. declara ilegal “toda consulta que suene a autodeterminación” Rechaza así no sólo la consulta misma, sino la intención política que le atribuye de abrir un proceso de revisión del marco constitucional vigente de manera subrepticia, esto es, constituyendo a Euskadi, a través de la consulta, en sujeto político separado del sujeto político español. Fuera ésa o no la intención del Lehendakari, no es eso lo que la Ley de Consulta pone sobre la mesa y tampoco parece que el cometido del T.C. sea enjuiciar intenciones.
El T.C. tenía la oportunidad de abrir el concepto de la democracia participativa con una interpretación creativa de la Constitución, pero ha optado por la más restrictiva. Me permitirá el lector que exprese mi sana envidia de la actitud tan distinta del Tribunal Supremo de Canadá en el referéndum de Quebec. Ante las aspiraciones enfrentadas que tenía que conjugar con el texto constitucional de Canadá echó mano, para tratar de dar cauce a la expresión de la voluntad popular, de criterios democráticos anteriores y superiores al propio ordenamiento jurídico vigente y abrirlo así a una interpretación expansiva..
Si el T.C. ha dado la de cal, Estrasburgo nos ha dado, al parecer, la de arena. Reconoce que nuestra capacidad de actuación fiscal diferenciada es, en teoría, compatible con la normativa europea, y remite para su convalidación en la práctica a los tribunales españoles, en primer lugar al Superior Vasco, para que determinen si en el caso concreto se cumplen tanto la normativa comunitaria como la propia del Concierto Económico, y vigilen que no haya ayudas de Estado de hecho a través de transferencias compensatorias del Estado escondidas en la estimación del cupo.
Quienes fueron a Luxemburgo con la esperanza de tumbar el Concierto han salido trasquilados, pero eso no garantiza a nuestro régimen fiscal un camino de rosas. Su ejercicio dista de estar blindado, ni ante futuros recursos a los tribunales --la Rioja ya ha anunciado el siguiente--, ni ante una opinión pública española muy sensibilizada por el “agravio comparativo” que supone nuestra privilegiada situación a la hora del gasto público. La crisis y la insistencia de que somos la Comunidad Autónoma, entre las de mayor renta, que menos contribuye a la solidaridad interterritorial, tampoco nos granjean simpatías. Cataluña, que ya reclamaba un Concierto, puede hacerlo más abiertamente ahora que Europa lo convalida como régimen fiscal compatible. De sobra sabemos que el espíritu de emulación entre las Comunidades Autónomas es contagioso, por lo que el Estado se cuidará de acotar más que de ampliar la interpretación de nuestra autonomía fiscal.
Quizás por eso nos llueven ya consejos apremiantes para que no se nos suba la sentencia de Luxemburgo a la cabeza, y hagamos del Concierto un uso moderado, sin intentar apurar sus límites. No sé si con estos consejos, viniendo de quienes vienen, tratan también de acotar de antemano el discurso electoral del Lehendakari y evitar que presuma, ante el empeoramiento de la crisis en España, de la mejor situación relativa de Euskadi que no sería tanto mérito del Gobierno cuanto del Concierto.
También de la sentencia de Estrasburgo extraen un recado para “la obstinación” del Lehendakari con la consulta: demuestra que podemos acudir a Europa “cuando tenemos caso”. Lo que “evidentemente” no ocurre con la consulta. Que pronostiquen el menosprecio europeo a la denuncia vasca no impide que Madrid blanda la sentencia del T.C. para animar a que Ibarretxe y el PNV la paguen también aquí. ABC arengaba el viernes a que “cancelada la consulta”, ahora toca una acción política que penalice al PNV en las urnas por su deslealtad permanente hacia el Estado. Parece que esa consulta si les gusta, y dictarnos la respuesta todavía más.